『 AUTORÍA Y CREACIÓN DE SOFTWARE 』
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Autoría y creación de software
┊❛ [Blog hecho únicamente con fines educativos] ❜┊
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Propiedad intelectual
La propiedad intelectual es una disciplina encargada de la protección de las creaciones de la mente, algunos ejemplos de estas creaciones son: Obras literarias (cuentos, novelas, libros, artículos, etc.), u obras artísticas (dibujos, pinturas, obras de arte aplicado, canciones, etc.) También se refiere a la protección del producto del intelecto humano, sea en los campos científicos literarios, artísticos o industriales. Otorga a un creador los derechos exclusivos sobre su creación, obra, marca, diseño, patente o modelo.
Cualquier invención humana es comprendida dentro de los derechos de autor y toda persona puede acceder a ella.
Propiedad industrial
La Propiedad Industrial es el derecho exclusivo que posee una persona física o jurídica sobre una invención (patentes y modelos de utilidad), un signo distintivo (marcas y nombres comerciales) o un diseño industrial. Es la que adquiere por si mismo el inventor o descubridor, en la creación de cualquier invento relacionado con la industria; y el productor, fabricante o comerciante, con la creación de signos especiales con los que aspira a distinguir de los similares los resultados de su trabajo.
Se hace referencia a un tipo de derechos que protegen a los creadores de invenciones para que puedan desarrollar su actividad en el mercado frente a los competidores y cuenten con una protección suficiente frente a terceros. Regularmente lo otorgan los Estados, por un tiempo determinado, para usar o explotar en forma industrial y comercial invenciones o innovaciones.
Requisitos para realizar el trámite de solicitud de obra de Programas de Cómputo
Para poder realizar este trámite tan importante, y según lo que investigué, los requisitos varían de página en página. Por ejemplo, según la página oficial del Cinvestav, se necesita lo siguiente:
- Dos ejemplares del programa ejecutable completo impreso, en disco compacto o diskette.
- Dos ejemplares del Código Fuente u Objeto impreso, en disco compacto o diskette.
Consultando otra página, los requisitos son los siguientes:
- Diligenciar el formato "Solicitud de Inscripción de Soporte Lógico o Software" de la DNDA.
- Poder.
- Nombre y versión del software.
- Nombre completo del autor del software (persona natural).
- Cédula del autor del software.
- Nacionalidad del autor del software.
- Un ejemplar del software a registrar que contenga: el programa de computador (en medio magnético), la descripción del programa y el material auxiliar (si aplica).
- Fecha exacta de creación del software.
- Titular de los derechos patrimoniales del software.
- Productor (en caso de que este sea diferente al titular de los derechos patrimoniales).
¿Qué se considera público y privado?
Los términos privado y público remiten a diversos significados, en relación con los cuales se configura la distinción y relación entre los dos. Puede decirse que «lo privado coincide con la esfera de la exclusividad (intimidad, particularidad, individualidad) y lo público con la esfera de la generalidad (accesibilidad universal, comunidad, pertenencia colectiva)». Decir privado es decir referencia al individuo; decir público es referirse a lo colectivo; por un lado lo particular, por otro lo general.
¿Qué se considera público?
El sector público se refiere a una parte de la economía que engloba a todas las empresas e instituciones que son propiedad del Estado. Esto quiere decir que son bienes públicos y, por lo tanto, pertenecen a todos los ciudadanos de un país. Prácticamente todas las instituciones del sector público se financian con los impuestos. Existen algunas excepciones de empresas como Petróleos Mexicanos (PEMEX) que generan sus propias ganancias y también pagan impuestos.
El sector público en México incluye todos los organismos que conforman la administración federal, estatal y municipal.
¿Qué se considera privado?
Por otro lado, el sector privado se refiere a todos los agentes económicos que no pertenecen al Estado, incluyendo individuos, instituciones, organizaciones y empresas. Existen organizaciones y empresas privadas con ánimo de lucro que son aquellas cuyo principal objetivo es obtener ganancias gracias a las actividades económicas que desempeña.
Casi siempre que nos referimos al sector privado pensamos en empresas con ánimo de lucro, pero cabe destacar que existen muchas otras que se constituyen con otros fines, como las Organizaciones de la Sociedad Civil (OSC), también conocidas como Organizaciones No Gubernamentales (ONG). Estas son agrupaciones que tienen como objetivo defender y apoyar a individuos y grupos sin pertenecer a un partido político o a una agrupación religiosa y obtienen ingresos gracias a los donativos de individuos y empresas, así como por la comercialización de bienes y servicios.
Fuentes consultadas:
https://www.wipo.int/about-ip/es/
https://web.unican.es/unidades/oficina-valorizacion/que-es-la-propiedad-industrial#:~:text=La%20Propiedad%20Industrial%20es%20el,comerciales)%20o%20un%20dise%C3%B1o%20industrial.
https://administracion.cinvestav.mx/Direcci%C3%B3nGeneral/Subdirecci%C3%B3ndeAsuntosJur%C3%ADdicos/PropiedadIntelectual/RequisitosparaRegistrodeProgramasdeC%C3%B3mputo.aspx
https://www.cardenasvega.com/index.php/cardenas-vega/boletin-intelectual/item/registro-software
https://mx.indeed.com/orientacion-profesional/como-encontrar-empleo/diferencia-sector-publico-privado
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